¿Debo Presentar Declaración De Impuestos Si Gano Menos de 400 Mil Pesos Al Año?

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Aquí en Despacho Contable queremos que estés al corriente fiscalmente siempre y por ello te damos una muestra de lo que debes hacer para que estes al corriente con tus impuestos en caso de que seas una persona física

¿Quién es una persona física?

Para esto debemos empezar desde lo básico: Una persona física es un individuo que se ejerce por sí mismo y paga una cantidad de impuestos correspondientes a su forma de vida, sin depender de los demás; una persona moral es aquella que se ha asociado con uno o más individuos para emprender un proyecto (empresa o negocio) para generar recursos.

Por ejemplo, si se pone un negocio, debes considerar si lo harás por ti mismo o con socios; de aquí depende del esquema en el que estarás involucrado. En el primer caso te definirías como Personas Física, en el segundo como una Persona Moral  e implicaría la formación de una sociedad y, por lo tanto, otros trámites para formarla.

La declaración anual de impuestos es un reporte de todos los ingresos, gastos, retenciones y deducciones de una persona física durante un año fiscal (de enero a diciembre).  Todas las personas físicas que cuenten con un ingreso deben realizarlo. Sin embargo, aquellas que laboran en una empresa y perciben menos de $400 mil no deberán presentarlo, debido a que, por ley, es una obligación del patrón hacerlo.

Un asalariado debe presentar una declaración anual si:

  1. Obtiene ingresos mayores a $400 mil al año
  2. – Recibe intereses de más de $100 mil
  3. Recibe ingresos por otras actividades, ya sea por un negocio propio, arrendamiento de un inmueble o prestación de servicios
  4. Tiene dos o más patrones simultáneos o no y recibió ingresos de todos ellos
  5. Dejó trabajo antes del 31 de diciembre del 2019, debido a que tu patrón no la realizará

 

¿Cómo Declaro Impuestos Si Cobro Por Honorarios?

Si eres un prestador de servicios, microempresario, por honorarios o arrendatario, debes presentar tus deducciones, libro de egresos e ingresos, declaraciones de pagos provisionales del Impuesto Sobre la Renta (ISR) ya presentadas, papeles de trabajo con los que se calcularon los pagos provisionales o mensuales del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y el Impuesto al Activo (para arrendadores de inmuebles en uso empresarial).

Las personas físicas podrán hacer su declaración anual a través de DeclaraSat, el cual lleva de la mano al contribuyente en el proceso y permite calcular el saldo a pagar, elaborar la declaración, imprimirla y enviarla incluso por e-mail. Puedes Este software lo puedes descargar gratis en: www.sat.gob.mx. Pero si trabajas por honorarios, empresario o arrendatario debes presentarla en las oficinas del SAT.

 

¿Cuáles Impuestos Debe Pagar Una Persona Física?

  • I.V.A. (Impuesto al Valor Agregado)

Es el impuesto más importante en México, ya que prácticamente todos los ciudadanos contribuyen a él, es un impuesto que se paga por la mayoría de productos en el mercado. Y como compañía se tiene doble obligación, cobrarlo y pagarlo, es decir como contribuyentes éste es un impuesto que se traslada, ya que a Hacienda sólo se le paga aquel IVA que exceda del cobrado al que hemos pagado

  • I.S.R. (Impuesto sobre la Renta)

Este impuesto está enfocado para las personas que tienen negocios o empresas. Este impuesto es además uno de los más elevados, ya que la tasa tanto para Personas Físicas como Morales es de 30% sobre las ganancias en los siguientes conceptos: premios, intereses, servicio subordinado, actividades profesionales, arrendamiento, dividendos y ganancias repartidas, enajenación bienes

  • I.D.E. (Impuesto sobre Depósitos en Efectivo)

Este es un impuesto relativamente nuevo, que nació como un medio preventivo para evitar lavado de dinero, es el impuesto que se cobra si durante un mes se deposita más de $15,000.00 pesos en efectivo

¿Cómo Pago Mis Impuestos?

Por disposición oficial del SAT, el pago de impuestos federales se debe realizar exclusivamente en las instituciones de crédito autorizadas a través de un depósito referenciado. Para que el contribuyente realice este pago, es forzoso obtener como inicio la línea de captura en la página del SAT en sencillos pasos.

El contribuyente debe:

  1. Ingresar al botón de Buzón Tributario.
  2. Capturar el RFC y contraseña (anteriormente CIEC) o e.firma portable.
  3. Seleccionar el apartado de Créditos Fiscales.
  4. Elegir la opción Formato para pago (total).
  5. Generar la línea de captura de los adeudos que se requieran pagar.
  6. Ingresar al portal bancario de preferencia o directamente a la ventanilla de la institución para realizar el pago correspondiente.

También se pueden hacer deducciones personales que representen un saldo a favor del contribuyente. La constancia de percepciones o retenciones de ingresos, declaraciones y pagos mensuales, representan beneficios fiscales que ofrece el SAT a las personas físicas para poder deducir gastos como honorarios médicos, gastos funerarios, primas por seguros, intereses reales devengados y pagados, donativos, aportaciones a fondo del retiro, transporte escolar y colegiaturas de los hijos.

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