¿Cuáles Ingresos Pagan Impuesto Sobre la Renta (ISR) en México?

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Aquí en  Despacho Contable  queremos que sepas que todas las actividades económicas conllevan al cobro de impuestos y uno de ellos es el Impuesto Sobre la Renta o ISR y que muchos de los ingresos que puedes tener ya sea como persona física o moral están gravadas para el pago tributario, por ello aquí te escribimos sobre cuáles son los ingresos que tienen que pagar el ISR en México.

¿Qué es el ISR?

El impuesto sobre la renta (ISR), es un impuesto directo que cobra el SAT en México, que tiene que ser pagado por las personas que han obtenido directamente un ingreso (como por ejemplo una venta, una renta o una prestación de servicios, entre otros) y que esta se aplica sobre las ganancias que se han adquirido al momento de realizar una operación comercial realizada en determinado efecto fiscal, se puede revisar en el link siguiente la página del SAT sobre qué casos deben pagar el ISR.

El impuesto sobre la renta (ISR) es un impuesto que se aplica a los ingresos adquiridos, con excepción de las herencias y las donaciones.

¿Cuáles ingresos pagan ISR?

Cuando obtengas ingresos en México por cualquiera de los siguientes conceptos se debe pagar ISR:
Salarios; honorarios; remuneraciones a miembros de consejos, administradores, comisarios y gerentes; arrendamiento de inmuebles y muebles; contratos de servicio turístico de tiempo compartido; enajenación de acciones; arrendamiento financiero; regalías, asistencia técnica y publicidad; intereses; premios; actividades artísticas, deportivas o espectáculos públicos; remanente distribuible de personas morales con fines no lucrativos; dividendos, utilidades, remesas y ganancias distribuidas por personas morales; venta de bienes inmuebles; construcción de obras, instalación, mantenimiento o montaje en bienes inmuebles, inspección o supervisión y otros ingresos.

En otros términos, se considera que son ganancias obtenidas y la diferencia que resulta de entre los ingresos obtenidos y las deducciones autorizadas con las que se cuenta, por lo que se encuentran obligadas al pago de este impuesto.

¿Quiénes Pagan el ISR?

En el artículo 1 de la Ley del Impuesto sobre la Renta se estipula que pagarán ISR:

1) Quienes residan en México deberán pagar ISR sin importar “la ubicación de la fuente de riqueza de donde procedan”

2) Residentes en el extranjero, si perciben ingresos por un establecimiento permanente en México, deberán pagar ISR sobre esos ingresos

3) Residentes en el extranjero que perciban ingresos de fuentes de riqueza en México, aunque no tengan establecimientos permanentes

A todas las personas físicas (individuo con capacidad para contraer obligaciones y ejercer derechos) y morales (agrupación de personas que se unen con un fin determinado) se les aplica el ISR a los ingresos que obtienen.

  • Salarios, honorarios,  remuneraciones a miembros de consejos, administradores, comisarios y gerentes.
  • Arrendamiento de inmuebles y muebles.
  • Contratos de servicio turístico de tiempo compartido; enajenación de acciones; arrendamiento financiero; regalías, asistencia técnica y publicidad; intereses; premios.
  • Actividades artísticas, deportivas o espectáculos públicos; remanente distribuible de personas morales con fines no lucrativos.
  • Dividendos, utilidades, remesas y ganancias distribuidas por personas morales.
  • Venta de bienes inmuebles; construcción de obras, instalación, mantenimiento o montaje en bienes inmuebles, inspección o supervisión y otros ingresos.
  • Ingresos por comercialización o fabricación.

¿Puede haber saldo a favor en el ISR?

Sí se puede. El saldo a favor se puede configurar de varias maneras. La idea es que tienes más egresos que ingresos;   no se puede pagar impuestos sobre tus pérdidas. De hecho, el saldo a favor es una especie de apoyo.

También puede darse para personas físicas, por ejemplo, que tu patrón te retenga más ISR del que te toca; es decir, pagaste de más sin saberlo. En estos casos también hay devolución.

¿Las personas físicas deben pagar ISR por sí mismas?

Las personas físicas o asalariados tienen un esquema en el que el patrón es que paga sus impuestos, debido al esquema por el que obtienen sus ingresos, está subordinado.

Bajo estas circunstancias provocan que no intervengan en la determinación y pago del ISR puesto que esa obligación la realiza el propio patrón. Esto no implica que el trabajador no cumpla con su responsabilidad, sino que lo realiza a través de quien lo contrató.

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